martes, febrero 21, 2006





D E B A T A M O S

Pena de muerte.

Privación de la vida del condenado por la comisión de un delito grave que la ley sanciona con dicha pena. Es denominada asimismo pena capital.
Escritores y filósofos del siglo XVIII como Montesquieu, Voltaire o Cesare Beccaria abogaron por importantes reformas en los sistemas penales, que fueron llevando poco a poco desde la limitación de los delitos castigados con la pena capital hasta su completa abolición en muchas legislaciones. En la actualidad muchos países admiten la pena de muerte sólo en casos excepcionales como en tiempo de guerra y en situaciones de extrema gravedad. En Estados Unidos existe esta pena en algunos estados. Después de que una sentencia del Tribunal Supremo se pronunciara en contra de la misma, aduciendo su inconstitucionalidad, otra sostuvo en cambio su adecuación a la Constitución de Estados Unidos. En España la pena de muerte fue abolida por la Constitución de 1978.
Los defensores de la pena capital alegan en su favor un carácter ejemplarizante que, según su interpretación, no se alcanza con las penas privativas de libertad. Los que se oponen a la aplicación de la pena de muerte aducen todo lo contrario, y añaden como argumento la posibilidad de error judicial, que siempre sería imposible de remediar, así como la indefensión de aquellos reos que, al no tener recursos económicos, tampoco podrían pagar una defensa eficaz en el juicio. Son sobre todo las consideraciones de orden ético y hasta religioso las que más pesan a la hora de abogar por la abolición de esta pena, al considerar el derecho a la vida como algo incuestionable.

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